Tasa local de residuos sólidos urbanos
La FEMP, Hacienda y el MITECO responden a las dudas que plantea la aplicación de la tasa de residuos
Técnicos de la FEMP y de los Ministerios de Hacienda y de Transición Ecológica y Reto Demográfico, constituido específicamente para dar solución a las dificultades de los Ayuntamientos para la imposición de la tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos , recogen en el documento “Cuestiones relevantes en relación con el establecimiento y la gestión de la tasa local de residuos sólidos urbanos” las respuestas a las principales dudas planteadas a los Gobiernos Locales ante esta tasa:
ámbito subjetivo de aplicación
las sanciones por el incumplimiento de los objetivos comunitarios
la obligatoriedad de que la tasa que se exija se fije teniendo en cuenta sistemas de pago por generación
la exigencia de que la tasa no sea deficitaria
los beneficios fiscales (reducciones y bonificaciones)
la determinación de los costes netos del servicio
la Prestación Patrimonial de Carácter Público no tributario
el devengo y exigibilidad de la tasa
la prestación del servicio por un ente supramunicipal
la notificación de las liquidaciones, entre otras.
La aplicación de esta tasa se contempla en la Ley 7/2022, de 8 de abril, sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular.