Tasa local de residuos sólidos urbanos

La FEMP, Hacienda y el MITECO responden a las dudas que plantea la aplicación de la tasa de residuos

Técnicos de la FEMP y de los Ministerios de Hacienda y de Transición Ecológica y Reto Demográfico, constituido específicamente para dar solución a las dificultades de los Ayuntamientos para la imposición de la tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos , recogen en el documento “Cuestiones relevantes en relación con el establecimiento y la gestión de la tasa local de residuos sólidos urbanos” las respuestas a las principales dudas planteadas a los Gobiernos Locales ante esta tasa:

  • ámbito subjetivo de aplicación

  • las sanciones por el incumplimiento de los objetivos comunitarios

  • la obligatoriedad de que la tasa que se exija se fije teniendo en cuenta sistemas de pago por generación

  • la exigencia de que la tasa no sea deficitaria

  • los beneficios fiscales (reducciones y bonificaciones)

  • la determinación de los costes netos del servicio

  • la Prestación Patrimonial de Carácter Público no tributario

  • el devengo y exigibilidad de la tasa

  • la prestación del servicio por un ente supramunicipal

  • la notificación de las liquidaciones, entre otras.

La aplicación de esta tasa se contempla en la Ley 7/2022, de 8 de abril, sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular.